Ordenanza 2357/16 Ref. Modifíquese el art. 4° de la Ordenanza 2029/10


General Juan Madariaga, 9 de junio de 2016.-
 
VISTO: Expte. Interno 7078 iniciado por el Frente Renovador ref. Modifíquese el art. 4° de la
Ordenanza 2029/10; y
 
CONSIDERANDO:
 
Que el Despacho de las Comisiones de Interpretación, Reglamento y
Concesiones, Hacienda y Presupuesto y Acción Social fue aprobado por unanimidad en la Sesión
Ordinaria celebrada el pasado 9 de junio de 2016;
Que es necesario actualizar los montos asignados a las becas estudiantiles;
Que debe ser una política del estado fijar un valor de referencia para asignar el
monto de las becas;
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona
con fuerza de:
 
ORDENANZA
 
ARTICULO 1°.- Modifícase el articulo 4° de la Ordenanza 2029/10, el cual quedará redactado de la
siguiente manera:
“artículo 4°.- Montos asignados:
a) El monto asignado para el “Programa de Becas para la Ayuda de Estudiantes
Madariaguenses” será financiado con presupuesto municipal.-
b) El Intendente Municipal al momento de diagramar el presupuesto municipal, deberá afectar
una partida destinada a una cierta cantidad de Becas Municipales, que se abonarán de marzo
a diciembre de cada año.-
c) Durante el transcurso del año 2016 el monto correspondiente a cada Beca Municipal será
entregado a sus respectivos beneficiarios en cuotas mensuales, iguales y consecutivas, de $
1000 (pesos mil) cada una a partir de la promulgación de la presente ordenanza y hasta el 31
de diciembre del corriente.-
d) A partir del 1° de marzo de 2017 el monto de la cuota estipulado en el inciso c del presente
articulo se incrementará en el mismo porcentaje que se incremente el sueldo básico del
escalafón municipal.
El incremento será abonado en su totalidad sin escalonamiento a partir de la primer cuota.
En el caso de que la paritaria municipal cierre con posterioridad al mes de marzo, el
aumento será retroactivo a partir de la 1° cuota.”
ARTICULO 2°.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As.
Regístrese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS
NUEVE DIAS DEL MES DE JUNIO DE DOS MIL DIECISEIS.-
Registrada bajo el n° 2357/16.-