Ordenanza 2361/16 Ref. Ampliación Rr afectado


General Juan Madariaga, 23 de junio de 2016.-
 
VISTO: Expte. del D.E. n° 1537/16 Interno 7138 ref. Ampliación Rr afectado; y

CONSIDERANDO:
 
Que el Despacho de las Comisiones de Interpretación, Reglamento y
Concesiones y Hacienda y Presupuesto fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria
celebrada el pasado 23 de junio de 2016;
Que de la letra de la “Ley de Leyes” sancionada por la Provincia de Buenos
Aires, dispuso la creación de dos fondos especiales para los municipios por un total de 10 mil
millones de pesos. Se trata del “Fondo para la Infraestructura Municipal”, que distribuirá siete mil
millones de pesos para el “mantenimiento y construcción de obras de infraestructura” en las
comunas; y del “Fondo Municipal de Fortalecimiento de la Seguridad y otros servicios asociados”,
conformado por tres mil millones de pesos;
Que este último fondo deberá ser cubierto con recursos de Rentas Generales en
caso de que no se alcance a captar el dinero a través del endeudamiento, y la ley garantiza el giro de
cada tercio del mismo antes de fines de abril, agosto y septiembre de este año;
Que en ambos casos, la distribución de los recursos será realizado conforme al
Coeficiente Único de Distribución (CUD) utilizado para la Coparticipación. Según la ley, el dinero
se afectará de manera automática conforme se produzca el ingreso de los fondos derivados de las
deudas obtenidas;
Que el Poder Ejecutivo Provincial estará obligado a remitir a la Legislatura y a
los municipios un informe trimestral detallando el endeudamiento concretado e ingresado al Tesoro
Provincial, conteniendo detalles sobre las condiciones referidas al avance de todas las
negociaciones del uso del crédito en curso, los servicios de pago de interés y amortización, los
términos y condiciones contractuales de las emisiones efectuadas u operaciones de crédito
concretadas, calendario de vencimiento, stock y perfiles de vencimiento de la deuda provincial
actualizada;
Que Contaduría Municipal solicita incrementar y adecuar el Cálculo de
Recursos y Presupuesto de Gastos aprobado oportunamente, por el ingreso de recursos de origen
provincial afectado denominado “Fondos para Infraestructura Municipal” en la suma de Pesos
Cinco Millones Quinientos Setenta y Seis Mil Novecientos ($ 5.576.900,00) especificando las
partidas correspondientes (fs. 1/ 2);
Que a fs. 4 obra dictamen de Secretaría de Hacienda y a fs. 6 dictamen de
Secretaría Legal, Técnica y Administrativa, recomendando la elevación al Honorable Concejo
Deliberante en virtud de los términos de los artículos 119, 120 de LOM y demás normas
concordantes;
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona
con fuerza de:
 
ORDENANZA

ARTICULO 1°.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a incrementar el Presupuesto Municipal
para el ingreso de fondos de origen provincial afectado denominado “Fondos para la Infraestructura
Municipal” por pesos cinco millones quinientos setenta y seis mil novecientos ( $ 5.576.900,00).-
ARTICULO 2°.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. AS.
Regístrese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS
VEINTITRES DIAS DEL MES DE JUNIO DE DOS MIL DIECISEIS.-
Registrada bajo el n° 2361/16.-