Ordenanza 2378/16 Ref. Dejo a consideración los terrenos de mi pertenencia

  • 13/09/2016

General Juan Madariaga, 8 de septiembre de 2016.-
 
VISTO: Expte. del D.E. n° 2082/16 Interno 7226 iniciado por la Sra. Vieytes de Zotta Mabel ref.
Dejo a consideración los terrenos de mi pertenencia; y

CONSIDERANDO:
 
Que el Despacho de las Comisiones de Tierras, Obras y Servicios, Hacienda y
Presupuesto e Interpretación, Reglamento y Concesiones fue aprobado por unanimidad en la Sesión
Ordinaria celebrada el pasado 8 de septiembre de 2016;
Que se dictó el Decreto Municipal n° 1033/16 por el cual se adquiere en
forma directa los inmuebles designados catastralmente como: Circunscripción I, Sección C, Quinta
143, Parcela 1 y Circunscripción I, Sección C, Quinta 143, Parcela 2, Partidas Inmobiliarias n° 039
– 875 y 039 – 876 a los Sres. Mabel Nélida Vieytes, María Felisa Vieytes, Rosa Josefina Vieytes,
Patricia Beatriz Billalba, María Alejandra Billalba, María Fernanda Billalba y Aníbal Juan Carlos
Billalba, de acuerdo a lo normado en el artículo 156 inciso I de la Ley Orgánica de las
Municipalidades;
Que dichos inmuebles que se adquieren con carácter de necesidad y urgencia,
serán destinados a la construcción de viviendas sociales, en virtud de la demanda habitacional de
2.000 viviendas en nuestra localidad, siendo un eje de esta gestión municipal encarar con urgencia
la construcción de viviendas que permitan a familias del medio, el acceso a la vivienda propia,
procurando los terreno necesarios para ello, aprovechando las facilidades de la Ley 14.812, objeto
de adhesión dispuesta por ordenanza n° 2352/16, otorga mayor celeridad de los trámites
correspondientes, fundado en las razones de conveniencia, necesidad y urgencia.-
Que, el gobierno de la Provincia de Buenos Aires ya transfirió fondos no
reintegrables a los municipios, con destino a obras de infraestructura y vivienda, disponiendo
nuestra comuna de un anticipo de $ 5.576.559,50 de los cuales el 50% está destinado a
infraestructura (agua corriente) y el restante 50% asignado para viviendas.-
Que a fs. 51/52 , 53/54 obran tasaciones de los inmuebles adquiridos por
valores superiores, es decir de $ 6.000.000,00 y $ 1.800.000,00 por inmobiliarias de nuestra ciudad,
al real precio de compra de pesos un millón quinientos mil ($ 1.500.000,00), de los cuales se
descontará el monto adeudado por ambas parcelas por Tasa de Servicios Generales y Tasa de
Servicio Especial de Limpieza e Higiene por un monto total de pesos un millón ciento sesenta y un
mil novecientos treinta y siete con setenta y un ctvos. ($ 1.161.937,71) y deuda de Arba por un
monto total de Pesos dos mil doscientos veinticinco con noventa ctvos. ($ 2.225,90) quedando a
pagar por la Municipalidad la suma de pesos trescientos treinta y cinco mil ochocientos treinta y
seis con treinta y nueve ctvos. ( $ 335.836,39) con más las costas judiciales que demande la
adjudicación de las quintas a favor de los herederos en los procesos sucesorios.-
Que a fs. 63/65 obra dictamen de la Secretaría Legal, Técnica y
Administrativa quien concluye que desde el punto de vista legal no encuentra objeción, por la
adquisición en forma directa de los inmuebles propuestos, fundado en las razones de conveniencia,
necesidad y urgencia a las que se ha hecho mención, y atendiendo que están disponibles los fondos
para hacer la operación, asegurando la misma mediante la suscripción del Boleto de Compraventa
Ad referéndum de su ratificación por el Honorable Concejo Deliberante.-
Que de acuerdo a las consideraciones precedentes el Departamento Ejecutivo
suscribió un Boleto de Compra Venta con los vendedores, estableciendo condiciones a la que estará
sujeta la adquisición dispuesta por el Decreto nro. 1033/16, que se somete a consideración del
Honorable Concejo Deliberante;
Que a fs. 60/61 Contaduría Municipal informa la imputación a la partida
correspondiente, como así también la Secretaría de Hacienda a fs. 62 explicita el monto de
adquisición y la forma de pago de acuerdo a la cláusula tercera y quinta del Boleto de Compraventa
suscripto.-
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones
sanciona con fuerza de:

ORDENANZA

ARTICULO 1°.- Autorízase la adquisición de los inmuebles designados catastralmente como:
Circunscripción I, Sección C; Quinta 143, Parcela 2, Partida Inmobiliaria 039-876 y
Circunscripción I, Sección C, Quinta 143, Parcela 1, Partida Inmobiliaria 039-875, dispuesta por
Decreto nro. 1033/16 con fecha 2 de septiembre de 2016, con sujeción a las disposiciones y
cláusulas del Boleto de Compra Venta suscripto con los vendedores Mabel Nélida Vieytes, María
Felisa Vieytes, Rosa Josefina Vieytes, Patricia Beatriz Billalba, María Alejandra Billalba, María
Fernanda Billalba y Aníbal Juan Carlos Billalba, de acuerdo a lo que establece el artículo 156 inciso
I de la Ley Orgánica de las Municipalidades.-
ARTICULO 2°.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a descontar del precio de venta de pesos un
millón quinientos mil ($ 1.500.000,00) las deudas municipales de ambas parcelas por Tasa de
Servicios Generales y Tasa de Servicio Especial de limpieza e higiene por un monto total de Pesos
Un millón ciento sesenta y un mil novecientos treinta y siete con setenta y un ctvos. ($
1.161.937,71) y deuda de ARBA por un monto total de pesos dos mil doscientos veinticinco con
noventa ctvos. ($ 2.225,90) quedando a pagar por la Municipalidad la suma de pesos trescientos
treinta y cinco mil ochocientos treinta y seis con treinta y nueve ctvos. ($ 335.836,39) con más las
costas judiciales que demande la adjudicación de las quintas a favor de los herederos en los autos
sucesorios.
ARTICULO 3°.- El precitado gasto se imputará a Jurisdicción 111.01.03.000 Secretaría de Obras y
Servicios Públicos – Programa 51.74 Plan de Obras Municipales, Construcción de Vivienda Social
– Fuente de Financiamiento 132 (Fondos Afectados de origen provincial) – partida 4.1.1.0. Tierras
y Terrenos.-
ARTICULO 4°.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As.
Regístrese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS
OCHO DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL DIECISEIS.-
Registrada bajo el n° 2378/16.-