Ordenanza 2381/16 Ref. Solicita habilitar entrada nueva y ampliación “Jardín Maternal”


General Juan Madariaga, 22 de septiembre de 2016.-
 
VISTO: Expte. del D.E. n° 907/16 Interno 7227 ref. Solicita habilitar entrada nueva y ampliación
“Jardín Maternal”; y
CONSIDERANDO:
Que el Despacho de las Comisiones de Interpretación, Reglamento y
Concesiones, Hacienda y Presupuesto y Tierras, Obras y Servicios fue aprobado por unanimidad en
la Sesión Ordinaria celebrada el pasado 22 de septiembre de 2016;
Que, a fs. 1 Expediente n° 907/16 la Secretaria de Desarrollo Social solicita al
Departamento Ejecutivo arbitre los medios para habilitar la entrada al Jardín Maternal “La Casita de
Chocolate” por la continuación de la calle Hipólito Yrigoyen, en su intersección con la vías del tren,
fundado en la necesidad de mejorar la seguridad de los niños y sus acompañantes al momento de
acceder y retirarse del Jardín Maternal, dado el constante tránsito de la calle Rivadavia en sus dos
sentidos, lo que hace muy peligroso el acceso por la entrada existente, adjuntando fotografías de la
situación expuesta a fs. 2/5;
Que a fs. 6 Expediente n° 1480/16 la Secretaría de Desarrollo Social solicita la
ampliación de una sala más en la sede Jardín Maternal “La Casita de Chocolate”, dado la lista de
espera de niños para ingresar a la Institución desde los 45 días de vida hasta los tres (3) años de
edad, ya que es la única Institución con estas características en nuestra ciudad, siendo condición
que los padres y/o adultos responsables de los menores estén trabajando y por esta razón impida su
cuidado;
Que la construcción del nuevo espacio – el que se destinará para sala de
lactantes – requiere el cerramiento de dos (2) paredes y techo de lo existente en la construcción (se
adjuntan fotografías de fs. 9), realizando el Jefe de División de Obras Públicas un cálculo
aproximado de pesos ciento veinte mil ($ 120.000,00) para la adquisición de los materiales y
contratación de mano de obra (fs. 11) y memoria descriptiva, respetando la ampliación el estilo de
construcción original. También recomienda el ensanche de calzada sobre el predio, colocación de
polvo de piedra, abovedado de calle, reubicación de los alambrados perimetrales, iluminación y
nuevas sendas y/o veredas y portones de acceso (fs. 12/14, 19/20);
Que a fs. 15/16 Contaduría Municipal informa la partida presupuestaria a la
que habría que imputar dicho gasto, la cual no tiene crédito, informando a fs. 17/18 la Secretaría de
Hacienda que la obra se realizará por administración municipal, compensando el gasto con partida
presupuestaria con economía;
Que a fs. 21 consta Resolución registrada bajo el n° 312/96 la cual el
Honorable Concejo Deliberante de nuestra ciudad avala a solicitud del Consejo Escolar para la
creación de un Jardín Maternal en el distrito, adjuntándose plano originales a fs. 22/23, Ordenanza
n° 1156/00 de convalidación de contrato celebrado entre la Municipalidad de General Juan
Madariaga con la Unidad Ejecutora Programa Ferroviario Provincial (U.E.P.F.P.) donde se cede
precariamente y para su exclusiva utilización de actividades de utilidad pública, los predios e
instalaciones ubicados en los sectores correspondientes al cuadro de estación de Gral. Madariaga,
según plano anexo P y C 510 (fs. 24/26);
Que a fs. 27 la Secretaría Legal, Técnica y Administrativa aconseja acumular
ambos expedientes en virtud de que si bien persiguen la realización de dos obras distintas, están
ambos trámites impulsados por el mismo organismo, referidos a un mismo establecimiento y con
memoria descriptiva común para ambas obras solicitadas,
Que a fs. 28/53 obra copia Ordenanza n° 2278/14 “Código de Preservación
Patrimonial, fs. 54/66 obra decreto de reglamentación de la Ordenanza n° 2278/14, fs. 67 obra
Decreto n° 191/16 por el que se constituye la Comisión de Preservación Patrimonial y Decreto n°
427/16 modificación articulo 1 del Decreto 191/16, todo obedece a que el edificio ferroviario donde
funciona el Jardín Maternal “La Casita de Chocolate” ubicado en el llamado Cuadro de la Estación,
está considerado como patrimonio cultural, sujeto a protección conforme la normativa vigente e
inventariado como bien municipal componente del patrimonio histórico, arquitectónico y
urbanístico de General Juan Madariaga;
Que a fs. 69/71 obra dictamen de Secretaría Legal, Técnica y Administrativa
quien recomienda: dar intervención a la citada Comisión de Preservación Patrimonial sobre las
reformas que se promueven de acuerdo a lo previsto por el art. 36 del Decreto n° 540/15, comunicar
a la Unidad Ejecutora del Programa Ferroviario Provincial sobre lo requerido por la Secretaría de
Desarrollo Social por ser titular del predio de acuerdo a las clausulas segunda, tercera y quinta del
convenio obrante a fs. 25/26, a pesar de las facultades que tiene la Municipalidad de General Juan
Madariaga para realizar a su cargo tareas de mantenimiento y/o reacondicionamiento y
posteriormente elevar al Honorable Concejo Deliberante ya que es una facultad del órgano
deliberativo autorizar las modificaciones de las arterias públicas como la ampliación de la sala
conforme al artículo 27, incisos 2, 3 y 24 de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto Ley
6769/58);
Que a fs. 98/99 los integrantes de la Comisión de Preservación Patrimonial al
ser notificadas y dándole intervención sobre los expedientes de referencia, manifiestan que en
cuanto a la ampliación del edificio no tienen objeciones que formular, dado que ya existe el
antecedente de obras anteriores anexadas a la construcción patrimonial, recomendando la
conservación de la identidad artística, arquitectónica del edificio;
Que también se cursó notificación al Jefe de Estación U.E.P.F.P. en nuestra
ciudad quien no contestara a la fecha;
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona
con fuerza de:
ORDENANZA
 
ARTICULO 1°.- Apruébese la ampliación de una sala en el Jardín Maternal “La Casita de
Chocolate” de acuerdo a las especificaciones técnicas de la Secretaría de Obras y Planeamiento,
todo en su conjunto respetando el estilo de construcción original.-
ARTICULO 2°.- Autorizase la modificación de la entrada y salida del Jardín Maternal “La Casita
de Chocolate” mediante la continuación de la calle Hipólito Yrigoyen cruzando la Av. Rivadavia,
introduciendo su prolongación en el predio del ferrocarril con un cul-de-sac con retorno a través de
una rotonda, permitiendo acceso lateral al establecimiento, con las especificaciones técnicas de la
Secretaría de Obras y Planeamiento.-
ARTICULO 3°.- Declárese obra por administración con un costo de pesos ciento veinte mil ($
120.000,00) contemplando la adquisición de materiales y contratación de mano de obra, de acuerdo
a lo normado en el articulo 135 del Decreto Ley 6769/58 Ley Orgánica de las Municipalidades.-
ARTICULO 4°.- El precitado gasto se imputará a la jurisdicción 111.01.03.000 Secretaría de Obras
y Servicios Públicos – Programa 51.80.00 plan de obras municipales – 132 fondos de origen
provincial (fondo educativo) partida 4.2.2.0. construcción en bienes de dominio público.-
ARTICULO 5°.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As.
Regístrese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS
VEINTIDOS DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL DIECISEIS.-
Registrada bajo el n° 2381/16.-