Ordenanza 2404/16 Ref. Ofrecimiento


General Juan Madariaga, 22 de diciembre de 2016
 
VISTO: El Expte. del D.E. n° 3243/16, Interno7335 Iniciado por Pedro Pallieri Ref.
Ofrecimiento; y
CONSIDERANDO:
Que el despacho de las Comisiones de Interpretación,
Reglamento y Concesiones y Hacienda y Presupuesto fue aprobado por unanimidad en
la Sesión Extraordinaria celebrada el pasado 22 de diciembre de 2016.
Que a fs. 1 el señor Pedro Pallieri quien invoca el consentimiento
de su hermano Leonardo Pallieri y su madre Delia Cortadi, ofrece en venta a la
Municipalidad de General Juan Madariaga un inmueble de su propiedad identificado
catastralmente como: Circunscripción I, Sección B, Quinta 35, Parcela 1a, Partida
Inmobiliaria 10507, ubicada en calle 45 entre 8 y 12 de esta ciudad, con un valor
estimativo de $1.850.000.- (pesos un millón ochocientos cincuenta mil);
Que dicho inmueble que se adquiere con carácter de necesidad y
urgencia, será destinado a la construcción de viviendas sociales, en virtud de la
demanda habitacional de 2.000 viviendas en nuestra localidad, siendo un eje de esta
gestión municipal encarar con urgencia la construcción de viviendas que permitan a
familias del medio, el acceso a la vivienda propia, procurando los terrenos necesarios
para ello, aprovechando las facilidades que la Ley 14.812, objeto de adhesión dispuesta
por Ordenanza n° 2352/16, otorgando mayor celeridad de los trámites correspondientes,
fundado en las razones de conveniencia, necesidad y urgencia (obra copia fiel de
Ordenanza 2352/16 a fs. 2/3 y Decreto Promulgatorio 610/16 a fs. 4);
Que a fs. 5 la Secretaria de Gobierno remite las actuaciones a la
Secretaría Legal, Técnica y Administrativa solicitando un informe sobre la situación
legal del inmueble ofrecido a este Municipio para su adquisición, requiriendo adjuntar
la documentación detallada;
Que a fs. 6/7 obra plancheta catastro parcelario, fs. 8/10 copia
simple de los documentos nacional de identidad de los oferentes-vendedores, fs. 11/12
copia certificada título de propiedad del inmueble referenciado, fs. 13/14 copia
certificada de la Declaratoria de Herederos dictada con fecha 20/04/2005 en los autos
sucesorios: “Pallieri Pedro s/sucesión ab intestato” expte. nro. 7665 de trámite por ante
el Juzgado de Paz Letrado de General Juan Madariaga;
Que a fs. 15/18 se adjunta el Acuerdo de división de Bienes
Hereditarios, homologado por el Juzgado interviniente, donde consta que se le adjudica
el bien inmueble identificado catastralmente como: Circunscripción I, Sección B,
Quinta 35, Parcela 1a, Partida Inmobiliaria 10507, ubicada en calle 45 entre 8 y 12 de
esta ciudad, a los herederos que suscriben el Boleto Compra Venta, saber: Delia Ester
Cortadi, Pedro César Pallieri y Leonardo Alfonso Pallieri;
Que a fs. 19/22 se incorporan informes de anotaciones personales
de los vendedores y a fs. 23/24 informe de dominio correspondiente;
Que a fs. 25/26 obra informe de deuda de tasas por servicios
generales y a fs. 27/30 de impuesto inmobiliario (ARBA);
Que a fs. 31/32 obra tasación de la inmobiliaria Matías Bistolfi
quien determina un valor de plaza de $ 1.600.000.- (pesos un millón seiscientos mil): y
a fs. 40 obra tasación de Marcos Acosta con un monto de U$S 400.000.- (dólares
cuatrocientos mil);
Que a fs. 33/34 obra Boleto de Compra Venta suscripto con fecha
17 de noviembre de 2016, el cual se suscribe ad referéndum de la aprobación del
Honorable Concejo Deliberante, por precio total y convenido de $ 1.350.000.- (pesos un
millón trescientos cincuenta mil) pagaderos de la siguiente forma:
A) $675.000.- (pesos seiscientos setenta y cinco mil) el cual se abonará una vez
aprobada la Compra Venta por el Concejo Deliberante, en un plazo que no
excederá los diez días desde la promulgación, en 9 (nueve) cheques a la orden
con pago diferido: 1) el día de fecha de pago: 3 (tres) cheques por la suma de $
75.000.- (pesos setenta y cinco mil) cada uno, 2) a los catorce días corridos del
primer pago 3 (tres) cheques por la suma de $ 75.000.- (pesos setenta y cinco
mil) cada uno, y 3) a los veintiún días corridos contados desde el primer pago 3
(tres) cheques de $ 75.000.- (pesos setenta y cinco mil) cada uno;
B) El saldo del precio pactado $ 675.000.- (pesos seiscientos setenta y cinco mil) se
abonará al momento de suscribirse la Escritura Traslativa de Dominio, dentro de
los treinta días hábiles contados de la aprobación por el Concejo Deliberante. En
Cláusula 6ta. del Boleto Compra Venta se hace saber que la vendedora Delia
Ester Cortadi se encuentra afectada por una medida cautelar-inhibición general
de bienes trabada en los autos caratulados: “Fisco de la Provincia de Buenos
Aires c/ Cortadi, Delia Ester s/ apremio judicial”, expte. nro. 9.264 de trámite
ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Dolores, conviniéndose que el
comprador (Municipalidad de General Juan Madariaga) abonará la totalidad de
la deuda con intereses, costas y honorarios correspondientes, dinero que se
descontará al momento de efectuarse el pago del saldo de precio pactado;
Que a fs. 35/36 obra dictamen de Contaduría Municipal con
imputación de partida presupuestaria la cual no tiene crédito disponible;
Que a fs. 37/39 la Secretaría de Hacienda en virtud del monto
total acordado de venta en la suma de $1.350.000.- (pesos un millón trescientos
cincuenta mil) y el dictamen de Contaduría que informa que no existe crédito en la
partida presupuestaria a imputar, recomienda que previo la adquisición se compense las
partidas presupuestaria;
Que a fs. 42/43 obra informe de la Secretaría de Servicios
Públicos y Planeamiento;
Que a fs. 44/46 obra dictamen de Secretaría Legal, Técnica y
Administrativa quien concluye que desde el punto de vista legal no encuentra objeción,
por la adquisición en forma directa del inmueble propuesto, fundado en las razones de
conveniencia, necesidad y urgencia a las que se ha hecho mención, y atendiendo que
están disponibles los fondos para hacer la operación, asegurando la misma mediante la
suscripción del Boleto de Compraventa Ad referéndum de su ratificación por el
Honorable Concejo Deliberante;
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus
atribuciones sanciona con fuerza de:
ORDENANZA
ARTICULO 1°.- Apruébese el Boleto de Compra Venta suscripto con los vendedores
Delia Ester Cortadi, Pedro César Pallieri y Leonardo Alfonso Pallieri, del inmueble
identificado catastralmente como: Circunscripción I, Sección B, Quinta 35, Parcela 1a,
Partida Inmobiliaria 10507, ubicada en calle 45 entre 8 y 12 de esta ciudad, de acuerdo a
la excepción de los artículos 151 y 156 del Decreto Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las
Municipalidades) atendiendo las previsiones de la Ley 14.812 y la adhesión por
Ordenanza nro. 2352/16.-
ARTICULO 2°.- Autorizase al Departamento Ejecutivo a afectar los créditos
presupuestarios en ejercicios futuros de acuerdo al artículo 273 de la Ley Orgánica de
las Municipalidades.-
ARTICULO 3°.- El precitado gasto se deberá imputar a la Jurisdicción 111.01.03.000
Secretaría de Obras y Servicios Públicos – Programa 51.74.00 Plan de Obras
Municipales, construcción de vivienda social – Fuente de Financiamiento 132 fondos de
origen (fondo para infraestructura municipal: 1750128) Partida 4.1.1.0. Tierras y
terrenos, transfiriéndose los fondos del Programa: 01.00.00 Conducción y
Administración de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos – Fuente de
Financiamiento 132 (fondos de origen provincial – fondos para infraestructura
municipal: 1750128) – Partida 5.0.0.0.: Transferencias al sector público provincial y al
sector público municipal para financiar gastos de capital 5.4.0.0 – Partida 5.4.6.0.
Transferencias a los gobiernos provinciales).
ARTICULO 4°.- Comuníquese al D.E. , al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia de
Buenos Aires .Comuníquese y Archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
A LOS VEINTIDOS DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DE DOS MIL DIESISEIS.
Registrada bajo el n° 2404/16