Ordenanza 2414/16 Ref. Destino Fondo de Financiamiento Educativo – viajes de estudios


General Juan Madariaga, 27 de diciembre de 2016.-
 
VISTO: Expte. Interno 7059 iniciado por el Bloque del Frente Renovador ref. Destino Fondo de
Financiamiento Educativo – viajes de estudios, y
CONSIDERANDO:
Que el Despacho de las Comisiones de Interpretación, Reglamento y
Concesiones y Hacienda y Presupuesto fue aprobado por unanimidad en la Sesión Extraordinaria
celebrada el pasado 27 de diciembre de 2016;
Que es necesario que las Instituciones educativas públicas del Distrito de
General Juan Madariaga realicen viajes de estudio a fin de afianzar y adquirir nuevos aprendizajes;
Que la educación pública debe ofrecer igualdad de oportunidades de
enseñanza – aprendizaje a sus alumnos que otras instituciones;
Que es necesario para el crecimiento de todos los alumnos asistir y conocer
diferentes realidades culturales, sociales, naturales en diferentes contextos;
Que es necesario asegurar una educación de calidad con igualdad de
oportunidades y posibilidades, sin desequilibrios regionales ni inequidades sociales;
Que en la actualidad el estado Municipal posee un fondo de financiamiento
educativo de 18.000.000;
Que destinando un pequeño porcentaje de dicho fondo podrían financiarse al
menos un viaje por escuela;
Que los viajes deberán tener una función nuevamente pedagógica y ser
planificados con la debida antelación;
Que el propósito es proponer una educación integral que desarrolle todas las
dimensiones de la persona y habilitar tanto para el desempeño social y laboral, como para el acceso
a estudios superiores;
Que se debe brindar una formación ciudadana comprometida con los valores
éticos y democráticos;
Que se debe garantizar la inclusión educativa a través de políticas universales
y de estrategias pedagógicas y de asignación de recursos que otorguen prioridad a los sectores mas
desfavorecidos de la sociedad;
Que se debe desarrollar las capacidades y ofrecer oportunidades de estudio y
aprendizaje necesarias para la educación a lo largo de toda la vida;
Que se deben coordinar las políticas de educación, ciencia y tecnología con
las de cultura, salud, trabajo, desarrollo social, deportes y comunicaciones, para atender
integralmente las necesidades de la población, aprovechando al máximo los recursos estatales,
sociales y comunitarios;
Que muchos alumnos de nuestra ciudad no tienen la posibilidad por otras vías
de salir de nuestra ciudad;
Por todo ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones
sanciona con fuerza de:
ORDENANZA
ARTICULO 1°.- Destínese el 10% del total del fondo de financiamiento educativo municipal
descontado lo que se destinó para uso del Consejo Escolar para que las instituciones educativas
públicas del distrito de General Juan Madariaga puedan realizar viajes de estudios de carácter
únicamente educativo.-
ARTICULO 2°.- Créase un registro de inscripción cada año para las instituciones educativas
puedan presentar sus proyectos, que serán analizados y aprobados teniendo en cuenta el carácter
pedagógico de la salida educativa.-
ARTICULO 3°.- El porcentaje asignado será distribuido de forma equitativa entre las escuelas que
hubiesen presentado y aprobado sus proyectos.-
ARTICULO 4°.- El porcentaje destinado a una institución nunca podrá superar la tercera parte del
total del fondo asignado para este fin.-
ARTICULO 5°.- Llévese un registro y el estado de gastos de los viajes realizados, como así
también del saldo disponible que dependerá de la dirección de juventud municipal que podrá ser
utilizados para financiar viajes de carácter deportivo y/o cultural.-
ARTICULO 6°.- Las instituciones educativas deberán cumplir con las normativas vigentes de viajes
de estudios que determina la DGCyE.-
ARTICULO 7°.- Se podrán unificar viajes con otras instituciones para el mismo fin.-
ARTICULO 8°.- Notificar a todos los establecimientos educativos públicos del Distrito de General
Madariaga.-
ARTICULO 9°.,- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As.
Regístrese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS
VEINTISIETE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DE DOS MIL DIECISEIS.-
Registrada bajo el n° 2414/16.-