Ordenanza 2423/17 Ref. Contrato de Concesión ECOPLATA S.A.


General Juan Madariaga, 11 de mayo de 2017.-

VISTO: Expte. del D.E. n° 667/17 Interno 7371 ref. Contrato de Concesión ECOPLATA S.A.; y
CONSIDERANDO:
Que el Despacho de las Comisiones de Tierras, Obras y Servicios, Hacienda y
Presupuesto e Interpretación, Reglamento y Concesiones fue aprobado por unanimidad en la Sesión
Ordinaria celebrada el pasado 11 de mayo de 2017;
El Expediente n° 667/17 iniciado por “Secretaría Legal, Técnica y
Administrativa s/ Contrato de Concesión de Ecoplata S.A.” para dar trámite a la posible extensión
de la autorización precaria con que cuenta la empresa Ecoplata S.A. para la prestación del servicio
público de disposición y tratamiento de los residuos sólidos urbanos, mediante el otorgamiento de la
concesión del servicio bajo determinadas condiciones que contemplen la reparación del daño y
medidas de saneamiento ambiental;
Que esta Municipalidad declaró en emergencia ecológica con los alcances
establecidos en la Ordenanza n° 2368/16, por inobservancia de la normativa vigente en la materia y
sus consecuencias negativas en el ambiente, la salud y la calidad de vida de la población, a la
situación generada por la disposición final de residuos domiciliarios a ciclo abierto en el Partido de
General Madariaga, autorizando al Departamento Ejecutivo para adoptar con carácter urgente las
medidas tendientes a evitar la continuidad del daño ecológico, efectuar su reparación y programar
un régimen básico integral de disposición y tratamiento de los residuos sólidos urbanos que se
depositen en su jurisdicción;
Que la firma Ecoplata S.A. es la responsable del único predio habilitado para la
disposición final de residuos sólidos ubicado en territorio del Partido de General Madariaga, que
funciona en el inmueble denominado catastralmente como Circunscripción IV, Parcela 126W,
Partida 52.439, con ingreso en el kilómetro 405,5 de la Ruta Provincial n° 11, cuya habilitación por
un plazo de cinco años extendió la mencionada Ordenanza n° 2368/16, que a su vez prorrogó la
autorización a la empresa para seguir cumpliendo en forma precaria el servicio;
Que a los efectos previstos en la Ordenanza n° 2368/16 la Municipalidad
suscribió un Convenio Marco de Colaboración con el Organismo Provincial para el Desarrollo
Sostenible (OPDS), recibiendo asesoramiento y comprometiendo acciones para las tareas de
remediación y saneamiento tendientes a eliminar los efectos nocivos de los basurales a cielo abierto
e implementar un Plan GIRSU de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos;
Que para poner en funcionamiento los proyectos elaborados y los sujetos a
aprobación, es necesario regularizar, aun por un periodo breve en la etapa inicial, tanto la situación
del predio contaminado que se proyecta sanear como la concesión del servicio público de
tratamiento, disposición y remediación bajo determinadas condiciones que contemplen la
reparación del daño y medidas de saneamiento ambiental;
Que a tal fin se propone la autorización del contrato suscripto con la Empresa
Ecoplata S.A. con sujeción a la aprobación del H. Concejo Deliberante, otorgándole la concesión
del servicio público de disposición y tratamiento de residuos sólidos urbanos en el predio habilitado
que explotaba con autorización precaria, bajo condiciones que aseguren el cumplimiento de las
medidas de reparación y acondicionamiento que se fijan, pagando el canon previsto en la ordenanza
fiscal y autorizándola al cobro de una tarifa que la Municipalidad debe aprobar y que también se
compromete a pagar por la disposición de sus residuos;
El otorgamiento de la concesión en forma directa, atendiendo la explotación
anterior del predio por la misma concesionaria y la necesidad de reparar el daño ambiental
originado por la falta de tratamiento del basural a cielo abierto, tiene fundamento en la emergencia
declarada por la Ordenanza n° 2368/16 y como objetivo instrumentar las medidas de saneamiento
ambiental que se imponen;
Que el Departamento Municipal de Medio Ambiente ha tomado la intervención
de su competencia proponiendo la sanción de una ordenanza;
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona
con fuerza de:
ORDENANZA
ARTICULO 1°.- Apruébase y póngase en vigencia el contrato de Concesión del Servicio Público
Municipal de Disposición y Tratamiento de Residuos Sólidos Urbanos para el Partido de Gral.
Madariaga suscripto con fecha 24 de febrero de 2017 por el Departamento Ejecutivo con la empresa
Ecoplata S.A., la que deberá disponer los residuos en el inmueble denominado catastralmente como
Circunscripción IV, Parcela 126W, Partida 52.439, con ingreso en el kilometro 405,5 de la Ruta
Provincial n° 11 en el Partido de General Juan Madariaga, afectado exclusivamente a esa finalidad.-
ARTICULO 2°.- Como contraprestación por la concesión otorgada la empresa Ecoplata S.A. deberá
abonar el canon establecido como Tasa de CONTRIBUCION POR DISPOSICIÓN FINAL prevista
en el Capítulo VII – TASA POR CONTRIBUCION UNIFICADA PARA GRANDES
CONTRIBUYENTES PRESTADORES DE SERVICIOS PUBLICOS (artículos 138° a 141° de la
Ordenanza Fiscal del Partido de General Madariaga).-
ARTICULO 3°.- Autorízase a la Concesionaria Ecoplata S.A. a percibir por la prestación del
servicio una tarifa que podrá cobrar directamente a los usuarios del servicio, cuyo valor queda
establecido en la cantidad de PESOS SETECIENTOS OCHO ($ 708,00) por tonelada de RSU que
depositen para su disposición en el predio habilitado al efecto.-
ARTICULO 4°.- Establécese que a los fines del cobro de la tarifa del articulo 3° por parte de la
concesionaria, la adjudicación de cargas a la Municipalidad de Gral. Juan Madariaga no podrá
superar el diecisiete por ciento (17%) del tonelaje total facturado.”
ARTICULO 5°.- La actualización de la tarifa cuando se invoque modificación de costos deberá ser
autorizada por la Municipalidad conforme lo establecido en el art. 233° del decreto Ley 6769/58
Ley Orgánica de las Municipalidades.-
ARTICULO 6°.- La erogación que para la Municipalidad signifique el pago de la tarifa se imputará
a la siguiente partida presupuestaria: Jurisdicción 111.01.18.000 Secretaría de Servicios Generales y
Mantenimiento – Programa 41.00.00 Recolección y Disposición de Residuos – Fuente de
Financiamiento 131 Fondos de Origen Municipal – Partida 3.2.2.0. Alquiler de maquinaria, equipo
y medios de transporte.-
ARTICULO 7°.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As.
Regístrese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS
ONCE DIAS DEL MES DE MAYO DE DOS MIL DIECISIETE.-
Registrada bajo el n° 2423/17.-