Ordenanza 2437/17 Ref. Línea de alimentación SIP


General Juan Madariaga, 13 de julio de 2017.-
VISTO: Expte. del D.E. n° 512/17 Interno 7420 ref. Línea de alimentación SIP; y
CONSIDERANDO:
Que el Despacho de las Comisiones de Interpretación, Reglamento y
Concesiones y Hacienda y Presupuesto fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria
celebrada el pasado 13 de julio de 2017;
Las actuaciones municipales n° 512/17 por las cuales las Secretarías de Obras
Públicas y Planeamiento y Secretaría de Servicios Públicos y Medio Ambiente solicita la
suscripción de un convenio con la Cooperativa de Energía Eléctrica y otros Servicios Públicos de
General Madariaga Ltda.;
Que, ambas Secretarías refieren la necesidad de gestionar la factibilidad de
Ejecución del tendido de doble terna de 13,2 Kv de 5600 mts. con poste de 14 mts. de altura de H°
y la construcción de 3 Subestaciones Transformadoras de 250 Kva. Cada una y una futura
ampliación de acuerdo al crecimiento que demande mayor capacidad de energía;
Que a fojas 2/8 consta proyecto presupuesto y plano con relación al alumbrado
público de nuestro partido efectuado por la Cooperativa de Provisión de Energía Eléctrica y otros
servicios públicos de General Madariaga Limitada (COEMA Ltda.);
Que a fojas 9/11 obra Resolución n° 139 del Ministerio de Infraestructura y
Servicios Públicos de la Pcia. de Buenos Aires donde declara la no objeción a los proyectos de
obras presentados por la Municipalidad de General Madariaga, donde consta “Alimentación Parque
Industrial y Planta Depuradora”;
Además el proyecto es de importancia por resultar la zona en que se realizará el
Sector Industrial y la Construcción de una nueva Planta Depuradora de efluentes cloacales, que
mejoraría de forma sustancial contaminación, en función de los vertidos al suelo, napas freáticas y
emisiones a la atmosfera.-
Que la iniciativa requiere de la intervención del Honorable Concejo
Deliberante de acuerdo a las facultades emanadas del articulo 28 inciso 1° de la Ley Orgánica de las
Municipalidades y demás normas concordantes,
Por todo ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones
sanciona con fuerza de:
ORDENANZA
ARTICULO 1°.- Convalídese el Convenio suscripto entre la Municipalidad de G. Madariaga y la
Cooperativa de Provisión de Energía Eléctrica y otros Servicios Públicos de General Madariaga
Ltda., para la realización de obra que une la Estación transformadora TRANSBA con el Parque
Industrial de ruta 56 km 58.-
ARTICULO 2°.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As.
Regístrese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS
TRECE DIAS DEL MES DE JULIO DE DOS MIL DIECISIETE.-
Registrada bajo el n° 2437/17.-