Ordenanza 2446/17 Ref. Sol. Firma de Convenio e/ Municipio y el Club


General Juan Madariaga, 10 de agosto de 2017.-
 
VISTO Expte. del D.E. nº 3551/16 Interno 7465 iniciado por el Club de Pescadores San Nicolás ref.
Sol. Firma de Convenio e/ Municipio y el Club; y
CONSIDERANDO:
Que el Despacho de las Comisiones de Interpretación, Reglamento y
Concesiones y Tierras, Obras y Servicios fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria
celebrada el pasado 10 de agosto de 2017;
Que a fs. 31/32 consta el convenio, por el cual la Municipalidad otorga por el
plazo de 10 años al Club de Pescadores San Nicolás, la fracción de tierra fiscal de 100 metros de
ancho ubicada sobre la costa de la Laguna Los Horcones de este partido;
Que el Club se compromete al cuidado y control del predio cedido, debiendo
garantizar a los propietarios frentistas la utilización de la laguna para la satisfacción de sus
necesidades de carácter doméstico, permitiendo la libre circulación por el predio en forma pública;
Que atento el dictamen de la Secretaría Legal, Técnica y Administrativa
obrante a fs. 33 y vta. para el perfeccionamiento del contrato de cesión del derecho de uso y
ocupación del predio comprometido se solicita la ratificación por parte del Concejo Deliberante
prevista en el art. 56 del Decreto Ley 6769/58 (L.O.M.);
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones
sanciona con fuerza de:
ORDENANZA
ARTICULO 1º. Convalídese el Convenio suscripto entre la Municipalidad de General Madariaga y
el Club de Pescadores San Nicolás, entidad social y deportiva con personería jurídica reconocida
por Resolución nro. III – 801 del Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires. Por el
mismo la Municipalidad otorga por el plazo de 10 años al Club y este acepta el uso y
aprovechamiento de la fracción de tierra fiscal de 100 metros de ancho ubicada sobre la costa de la
Laguna Los Horcones de este partido, declarada como zona de restricción al dominio privado, cuya
administración corresponde a la Municipalidad comprometiéndose el Club a su cuidado y control,
obrante a fs. 31/32 del expediente nro. 3551/16.-
ARTICULO 2º. Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As.
Regístrese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS
DIEZ DIAS DEL MES DE AGOSTO DE DOS MIL DIECISIETE.-
Registrada bajo el n° 2446/17.-