Ordenanza 2485/18 ref. Sta. Colocar Contenedor Maritimo en Hospital


General Juan Madariaga, 1° de marzo de 2018.-
 
 
VISTO: Expte. del D.E. n° 219/18 Interno 7597 ref. Sta. Colocar Contenedor Maritimo en Hospital; y
 
CONSIDERANDO:
Que el Despacho de la Comisión de Interpretación, Reglamento y Concesiones fue aprobado por unanimidad en la Sesión Extraordinaria celebrada el pasado 1° de marzo de 2018;
Las actuaciones del Expte. Municipal n° 219/2018 por el cual la Cooperadora del Hospital Municipal y Hogar de Ancianos La Sagrada Familia dona un Contenedor Marítimo con destino a ARCHIVO de documentos, estudios, Historias Clínicas y demás documentación administrativa del citado nosocomio;
Que el actual archivo se halla compartiendo un espacio con la sala de máquinas y calderas en sótano realizado a tal efecto en antaño en el mismo hospital;
Que el sector, por hallarse en un cuarto soterrado, sin luz natural y expuesto a humedad y condiciones de calor más allá de los valores ambientales pone en peligro la integridad de la sensible documentación de salud a resguardar;
Que el contenedor que se dona, con estructura metálica en todos sus paramentos verticales y horizontales es resistente para la conservación de esta documentación, teniendo los medios necesarios para el ingreso y egreso al mismo;
Que posee como medidas de 12 m. de largo, 2,50 m de ancho y 2,90 m de alto, lo que constituye un volumen útil de 87,00 m3, proveyendo la capacidad suficiente para albergar la documentación del hospital;
Que existe espacio suficiente entre dos alas del edificio del histórico hospital para contener e instalar el contenedor con acceso desde calle 19, entre Buenos Aires y Calle 2;
Que según la L.O.M.  establece mecanismos específicos para la aceptación o rechazo de las donaciones según los artículos 57°;
Que el acto de aceptación o rechazo debe ser sometido a la consideración del H.C.D., el cual y de corresponder, dictará el acto normativo correspondiente;
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de:
 
 ORDENANZA
 
ARTICULO 1°.- Acéptase la donación de un Contenedor Marítimo metálico de 12,00 m de largo, 2,50 m de ancho y 2,90 m de alto, propuesta hecha sin cargo por la Cooperadora del Hospital y Hogar de Ancianos “La Sagrada Familia”, según los términos y expresiones dadas por la misma, que obran a fojas 7 del Expte. Municipal n° 219/18.-
 
ARTICULO 2°.- Convalídase la ubicación e instalación del Contenedor Archivo, dentro del predio del Hospital Municipal, en el espacio abierto que da sobre la calle 19 entre la Avda. Buenos Aires y Calle 2, según croquis obrante como Anexo I.-
 
ARTICULO 3°.- El Contenedor Metálico objeto de la donación, pasará a ser parte del patrimonio del Hospital Municipal y Hogar de Ancianos “La Sagrada Familia”.-
 
ARTICULO 4°.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As. Regístrese y archívese.-
 
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS UN DIAS DEL MES DE MARZO DE DOS MIL DIECIOCHO.-
 
Registrada bajo el n° 2485/18.-