Registrada bajo el nº 1755/08.- Modificación Ord. Impositiva

  • 19/01/2008

General Juan Madariaga, 14 de enero de 2008.-

 

VISTO:  Expte. Interno 5348 ref.  necesidad de adecuación de la Ordenanza Impositiva; y

 

 

CONSIDERANDO:

Que la Ordenanza Preparatoria del 26 de diciembre de 2007 fue aprobada por mayoría en la Asamblea de Concejales y Mayores Contribuyentes celebrada el pasado 14 de enero de 2008;

Que es necesario incluir en la Ordenanza Impositiva vigente en el concepto de “Contribución Unificada para Grandes Contribuyentes Prestadores de Servicios Públicos” Capítulo VII de la Ordenanza Impositiva nº 1241/00, la tasa a abonar por el ingreso de residuos sólidos urbanos al Partido de General Madariaga por los prestadores del servicio de disposición final de los residuos de los municipios de Pinamar y Villa Gesell;

Que la tasa a abonar se establecerá por toneladas de residuos que ingresen al Partido de General Madariaga;

Que, dicha modificación compete efectuarla al H.C.D., en virtud a lo determinado por la Constitución Provincial art. 193 inc. 2 y Art. 29 y 93 a 106 de L.O.M., a través de Asamblea de Concejales y Mayores Contribuyentes;

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de:

 

 

ORDENANZA

 

 

ARTICULO 1º.-  Modifícase el Capítulo VII “Contribución unificada para grandes contribuyentes prestadores de servicios públicos” de la Ordenanza Impositiva del Partido de Gral. Madariaga (Ordenanza nº 1241/00) cuyos incisos quedarán redactados de la siguiente manera:

 

 

 

CAPITULO VII – CONTRIBUCION UNIFICADA PARA GRANDES CONTRIBUYENTES PRESTADORES DE SERVICIOS PUBLICOS

 

 

1)      Para los prestadores que prestan servicios públicos domiciliarios de

-          Telefonía y  gas   por mes y por abonado                                                      $ 0.50

-          provisión de agua potable y cloacas por mes y por abonado                        $ 0.30.

2)      Se establecen valores fijos mensuales para las siguientes actividades

     a) Para los prestadores concesionarias de corredores viales                           $ 200

     b) Para los prestadores de servicios de correo a domicilio                             $ 100

3)  Para los prestadores del servicio de disposición final de residuos

     sólidos urbanos que ingresen al Partido de General Madariaga.       Por tn.   $  15

     Con una tasa mínima Mensual de  Dos mil (2.000) Toneladas.-         

 

 

ARTICULO 3º.-  Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As. Regístrese y archívese.-

 

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS CATORCE DIAS DEL MES DE ENERO DE DOS MIL OCHO.-

 

Registrada bajo el nº 1755/08.-

 

 

 

 

 

 

              DRA. NORA RODRIGUEZ                                           DR. FEDERICO ZOTTA

                    Secretaria H.C.D.                                                        Presidente H.C.D.