Ordenanza 2507/18 Convenio con ABSA

  • 14/06/2018

General Juan Madariaga, 14 de junio de 2018.-
 
 
VISTO: Expte. del D.E. n° 3917/17 Interno 7644 ref. Convenio con ABSA; y
 
CONSIDERANDO:
Que el Despacho de las Comisiones de Interpretación, Reglamento y Concesiones, Hacienda y Presupuesto y Tierras, Obras y Servicios fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria celebrada el pasado 14 de junio de  2018;
Que a fs. 2/51 consta el convenio, el cual tiene por objeto establecer las condiciones técnicas, económicas y jurídicas bajo las cuales se llevará adelante la ejecución de la obra: “amplicación redes de agua y cloacas – barrio 20 viviendas (etapa 1)”;
Que las 20 viviendas a las que beneficiará la obra, se ubican en la Quinta 121 de la Circ. 1 – Secc. C, entre calles Perú, Cuba, Italia y Honduras del Barrio Belgrano de esta ciudad, y servirá también a los vecinos frentistas a la obra que así lo soliciten;
Que a través del mismo, se acordó que ABSA aporta los planos, las cañerías y accesorios para la materialización de la obra, la inspección y supervisión técnica de la misma, en tanto el Municipio aportará la mano de obra, maquinaria, herramientas, enseres, tramitaciones, etc., hasta que quede la obra terminada, aprobada y habilitada para su uso;
Que el Convenio posee cuatro Anexos complementarios, con especificaciones para la red de Cloacas (Anexo 1), especificaciones para la  red de Agua Corriente (Anexo II), planos (Anexo III) y cómputos de materiales a utilizar según el fin específico de agua o cloacas (Anexo IV);
Que a fs. 52/54 obra la intervención de la Contaduría Municipal y de la Secretaría de Hacienda, informando la partida donde se deberán imputar los gastos que surjan de dicha obra;
Que atento al dictamen de la Secretaría Legal, Técnica y Administrativa obrante a fs. 55/56 se debe elevar Proyecto de Ordenanza a consideración del Honorable Concejo Deliberante para su aprobación, de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 41° y articulo 108° inc. 14) del Decreto Ley 6769/58 (L.O.M.);
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de:
 
ORDENANZA
 
ARTICULO 1°. Convalídese el Convenio y los Anexos I, II, III y IV suscriptos entre la Municipalidad de General Madariaga y la Empresa Aguas Bonaerenses S.A. (ABSA) obrante a fs. 2/51 del expediente nro. 3917/17, el cual tiene por objeto establecer las condiciones técnicas, económicas y jurídicas bajo las cuales se llevará adelante la ejecución de la obra: “ampliación redes de agua y cloacas – barrio 20 viviendas (etapa 1)”.-
 
ARTICULO 2°.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As. Regístrese y archívese.-
 
 
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS CATORCE DIAS DEL MES DE JUNIO DE DOS MIL DIECIOCHO.-
 
Registrada bajo el n° 2507/18.-