Ordenanza 2512/18 Ref. Reforma Universitaria

  • 14/06/2018

General Juan Madariaga, 14 de junio de 2018.-
 
 
VISTO: Expte. Interno 7653 iniciado por el Interbloque Peronista ref. Declárese de Interés Legislativo y Municipal la Conmemoración del Centenario de la Reforma Universitaria; y
 
CONSIDERANDO:
Que el Despacho de la Comisión de Interpretación, Reglamento y Concesiones fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria celebrada el pasado 14 de junio de 2018;
Que la Reforma Universitaria de 1918 significó un hito en la historia local y mundial, por el carácter revolucionario de la incorporación de los jóvenes y graduados a la conducción de las Universidades, junto a los claustros docentes;
Que así mismo se establecieron consignas y reclamos tendientes a alcanzar la autonomía universitaria, el cogobierno, la extensión universitaria, la libertad y periodicidad de las cátedras, que hoy son la piedra basal del Sistema Universitario Argentino;
Que para acercar las motivaciones e ideales de los jóvenes impulsores de la Reforma Universitaria, debemos exponer algunas líneas del “Manifiesto Liminar” del 21 de junio de 1918, cuya autoría se le adjudica al célebre Deodoro Roca, abogado, dirigente universitario reformista, periodista y activista por los derechos humanos;
“Hombres de una república libre, acabamos de romper la última cadena que en pleno siglo XX nos ataba a la antigua dominación monárquica y monástica. Hemos resuelto llamar a todas las cosas por el nombre que tienen”;
“Los dolores que nos quedan son las libertades que nos faltan. Creemos no equivocarnos, las resonancias del corazón nos lo advierten: estamos pisando sobre una revolución, estamos viviendo una hora americana”;
“Las almas de los jóvenes deben ser movidos por fuerzas espirituales. Los gastados resortes de la autoridad que emana de la fuerza no se avienen con lo que reclama el sentimiento y el concepto moderno de las universidades. El chasquido del látigo solo puede rubricar el silencio de los inconscientes o de los cobardes. La única actitud silenciosa, que cabe en un instituto de Ciencia es la del que escucha una verdad o la del que experimenta para crearla o comprobarla”.-
“Entonces la única puerta que nos queda abierta a la esperanza es el destino heroico de la juventud. El sacrificio es nuestro mejor estímulo; la redención espiritual de las juventudes americanas nuestra única recompensa, pues sabemos que nuestras verdades lo son – y dolorosas – de todo el continente. Que en nuestro país una ley – se dice – la de Avellaneda, se opone a nuestros anhelos. Pues a reformar la ley, que nuestra salud moral los está exigiendo”.-
“La juventud ya no pide. Exige que se le reconozca el derecho a exteriorizar ese pensamiento propio de los cuerpos universitarios por medio de sus representantes. Está cansada de soportar a los tiranos. Si ha sido capaz de realizar una revolución en las conciencias, no puede desconocérsele la capacidad de intervenir en el gobierno de su propia casa”.-
Que los jóvenes proclaman un gobierno democrático, en contra de un modelo que los ataba a la antigua dominación monárquica y monástica, ambos modelos arcaicos y anacrónicos.
 
 
Que la Reforma Universitaria rápidamente se extendió en todo el país impulsando el Movimiento Estudiantil organizado, a través de la creación de la Federación Universitaria Argentina, y varias universidades de América Latina, produciendo reformas en los estatutos que consagraron la Autonomía Universitaria, el Cogobierno, la Extensión Universitaria, la Periodicidad de las Cátedras, los Concursos de Oposición, y la Gratuidad Universitaria.-
Que la Universidad de Córdoba fue fundada en 1613 por los jesuitas y previo a la Reforma Universitaria mantenía características colonialistas, racistas, elitistas, nepotistas, clericales; alejada de las ciencias exactas y naturales, donde ninguna mujer cursaba en aquellas aulas. Contrastando fuertemente con los cambios políticos y sociales que venían sucediendo en el país y en el mundo.-
Que como cita Carlos Tünnermann en su libro “noventa años de la Reforma Universitaria”: “la clase media emergente, comenzó a presionar para lograr el acceso a la educación superior y protagonizó el movimiento para derrumbar muros ~ que hacían de la Universidad un coto cerrado de las clases superiores ~.-
Que en la actualidad el 72% de los estudiantes de la Universidad de Avellaneda (UNDAV) son primera generación de estudiantes universitarios. El 80% de los estudiantes de la Universidad Nacional de la Matanza (UNLaM) tiene padres sin estudios universitarios finalizados. El 80% de los estudiantes de la Universidad Nacional de Moreno (UNM) tiene padres sin estudios universitarios finalizados. El 85% de los estudiantes de la Universidad Nacional Arturo Jauretche de Florencio Varela (UNAJ) son primera generación universitaria. El 74% de los estudiantes de la Universidad  Nacional de Tres de Febrero ( UNTREF) es primera generación universitaria. El 75% de los estudiantes de la Universidad Gral. Sarmiento (UNGS) son primera generación de estudiantes universitarios. El 52% de los estudiantes de la Universidad Nacional de San Martín (UNSAM) es primera generación de estudiantes universitarios. El 75% de los estudiantes de la Universidad Nacional de Quilmes (UNQUI) son primera generación de estudiantes universitarios. El 70% de la Universidad Nacional de Hurlingham (UNAHUR) son primera generación de universitarios.
 
Por todo ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de:
 
 
ORDENANZA
 
 
ARTICULO 1°.-  Declárese de Interés Legislativo Municipal la conmemoración del Centenario de la Reforma Universitaria, a cumplirse a partir del 15 de junio del año 2018.-
 
ARTICULO 2°.- Inclúyase en toda la papelería oficial del Departamento Ejecutivo y del Honorable Concejo Deliberante la siguiente leyenda debajo del escudo municipal: “1918 – 2018 Centenario de la Reforma Universitaria. Por una Universidad Pública, Inclusiva y Gratuita”. Lo normado rige a partir de la presente ordenanza y luego de agotar el stock existente.-
 
ARTICULO 3°.-  Dispónese a través del D.E. y en virtud de lo emanado por el artículo 1°, la realización de acciones educativas, culturales y comunitarias tendientes a publicitar la conmemoración del Centenario de la Reforma Universitaria.-
 
ARTICULO 4°.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As. Regístrese y archívese.-
 
 
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS CATORCE DIAS DEL MES DE JUNIO DE DOS MIL DIECIOCHO.-
 
Registrada bajo el n° 2512/18.-