Ordenanza 2516/18 Ref. Registros de inhumaciones del Cementerio Municipal

  • 28/06/2018

General Juan Madariaga, 28 de junio de 2018.-
 
 
 
VISTO: Expte. Interno 7626 iniciado por el Bloque Unidad Ciudadana ref. Declarar de Interés Municipal y referencia histórica y cultural los libros de inhumaciones y exhumaciones del cementerio local entre el 1° de enero de 1973 y el 31 de diciembre de 1983; y
 
CONSIDERANDO:
Que el Despacho de la Comisión de Interpretación, Reglamento y Concesiones fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria celebrada el pasado 28 de junio de 2018;
Que en ampliación a la ordenanza 1692/07 de identificación geográfica, individualización numérica y relevamiento (altas y bajas) de las tumbas NN del período referenciado, es vital preservar la Documentación obrante en el cementerio local, como fuente de alto valor histórico para la búsqueda de la Verdad, la Justicia y la Construcción de la Memoria;
Que, en relación al relevamiento realizado por la Comisión por la Memoria, la Verdad y la Justicia de Madariaga, surgen datos de relevancia en especial referencia a las tumbas: k35 bis, k36 bis y k54, k54, k55 del Cementerio Municipal;
Que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos ha establecido, que el derecho a la verdad tiene un doble carácter; colectivo, al permitirle a la sociedad tener acceso a la información esencial para el desarrollo de los sistemas democráticos y, particular, a fin de que toda víctima o sus familiares puedan conocer lo que realmente ocurrió, configurándose esto en una forma de reparación;
Que para cumplimentar la tarea de preservación del deterioro cotidiano y resguardo de los “Registros de Inhumaciones” es menester concretar un trabajo articulado con el Archivo Municipal para la digitalización de los libros referidos;
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de:
 
ORDENANZA
 
 
ARTICULO 1°.- Declárese de Interés Legislativo y referencia Histórica y Cultural, los registros de inhumaciones del Cementerio Municipal de Madariaga, correspondientes al período comprendido entre el 1 de enero de 1973 y el 31 de diciembre de 1983.-
 
ARTICULO 2°.- Encomiéndase al D.E. gestionar la digitalización de los “Registros de Inhumaciones” y las acciones tendientes a la preservación y el resguardo de los mismos.-
 
ARTICULO 3°.- Comuníquese a la Comisión por la Memoria, la Verdad y la Justicia de Madariaga.-
 
ARTICULO 4°.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As. Regístrese y archívese.-
 
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE JUNIO DE DOS MIL DIECIOCHO.-
 
Registrada bajo el n° 2516/18.-