Ordenanza 2630/20 ref. Leasing Banco Provincia


General Juan Madariaga, 8 de junio de 2020.-
 
 
 
VISTO: Expte. del D.E. n° 1553/20 Interno 8013 ref. Leasing Banco Provincia; y
 
CONSIDERANDO:
Que el Despacho de la Comisión de Hacienda y Presupuesto fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria celebrada el pasado 11 de junio de 2020;
Que se solicita la adquisición de dos vehículos/maquinarias para el funcionamiento adecuado del área de Servicios Generales de la Municipalidad;
Que la Provincia de Buenos Aires lanzó una nueva línea de créditos mediante sistema de leasing por ante el Banco de la Provincia de Buenos Aires, en el marco de la pandemia, con el fin de que los Municipios puedan equiparse con bienes, vehículos o maquinarias;
Que la propuesta está referida a la incorporación de un camión recolector/compactador de residuos y un camión volcador, adjuntando facturas proforma de los mencionados bienes y cotizaciones;
Que el Secretario de Legal, Técnica y Administrativa manifiesta que debe ser enviado al Honorable Concejo Deliberante, para que éste en ejercicio de las facultades que le confiere el art. 273 del Decreto Ley n° 6.769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades), autorice la celebración del contrato de leasing;
 
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de:
 
 
ORDENANZA
 
 
ARTICULO 1°.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a formalizar contratos de locación con opción de compra bajo la modalidad leasing con PROVINCIA LEASING S.A. sociedad con participación mayoritaria del Banco de la Provincia de Buenos Aires, en forma de contratación directa de conformidad a lo establecido por el Art. 156, inc. 2 de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.-
 
ARTICULO 2°.- Los bienes objeto de tales contrataciones son un camión recolector/compactador de residuos y un camión volcador.-
 
ARTICULO 3°.- Estas contrataciones se formalizarán conforme al plazo, estipulaciones contractuales y demás normas generales complementarias que Provincia Leasing S.A. tiene implementadas para este tipo de operatoria.-
 
ARTICULO 4°.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a elevar los créditos presupuestarios de ejercicios futuros de acuerdo al Art. 273 de la Ley Orgánica de las Municipalidades.-
 
ARTICULO 5°.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As. Regístrese y archívese.-
 
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS ONCE DIAS DEL MES DE JUNIO DE DOS MIL VEINTE.-
 
Registrada bajo el n° 2630/20.-