Ordenanza 2637/20 ref. Convenio de Cooperación entre el Ministerio de las Mujeres, Políticas de Géneros y Diversidad Sexual de la Pcia de Bs As.

  • 23/07/2020

General Juan Madariaga, 23 de julio de 2020.-
 
 
VISTO: Expte. del D.E. n° 1284/20 Interno 8030 ref. Convenio Fondo Especial de Emergencia en Violencias por razones de género; y
 
CONSIDERANDO:
Que el Despacho de la Comisión de Acción Social fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria celebrada el pasado 23 de julio de 2020;

Que la iniciativa tiene por finalidad suscribir un Convenio de Cooperación entre el Ministerio de las Mujeres, Políticas de Géneros y Diversidad Sexual de la Provincia de Buenos Aires y el Municipio de Gral. Juan Madariaga;

Que en las presentes actuaciones obra Convenio cuya finalidad consiste en ejecutar acciones desarrolladas en forma coordinadas entre el Ministerio y la Municipalidad a fin de brindar apoyo a las problemáticas de violencia por razones de género evacuando las distintas aristas que se producen en ocasión de la producción de violencia.-

Que la Ley 15.164 estableció que el Ministerio de las Mujeres, Políticas de Géneros y Diversidad Sexual es la Autoridad de Aplicación de la Ley n° 12.569 y de la Ley n° 14.603 autoridad de aplicación y propone un fondo de ayuda económica dirigida a Municipios que traten la problemática de género;

Que el Convenio establece acciones de cooperación en el marco de la Resolución 2020 – 135 – GDEBA – MMPGYDSGP del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires y en el marco del articulo 78 de la Ley de Administración Financiera n° 13.767 y demás normas reglamentarias, tendiente a consolidar el Sistema de Asistencia a las Víctimas de Violencia por razones de Género con fondos que permitan atender la problemática local en la materia;

Que la iniciativa desde el punto de vista legal no merece observaciones al respecto, pudiendo elevarse al Honorable Cuerpo Deliberativo en virtud de las facultades otorgadas por el articulo 41 último párrafo del Decreto Ley 6769/58 y demás normas concordantes;
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de:
 
ORDENANZA
 
ARTICULO 1°.- Autorizar al Departamento Ejecutivo a suscribir un Convenio de Cooperación entre el Ministerio de las Mujeres, Políticas de Géneros y Diversidad Sexual de la Provincia de Buenos Aires cuyo cuerpo se adjunta al presente y demás anexos.-
 
ARTICULO 2°.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As. Regístrese y archívese.-
 
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTITRES DIAS DEL MES DE JULIO DE DOS MIL VEINTE.-
 
Registrada bajo el n° 2637/20.-