Ordenanza 2644/20 ref. Rampa y acceso con escalones - Gorosterrazu

  • 27/08/2020

General Juan Madariaga, 27 de agosto de 2020.-
 
 
VISTO: Expte. del D.E. n° 2198/20 iniciado por el Sr. Gorosterrazu Gustavo ref. Sol. evalúe posibilidad de ejecución de rampa; y
 
CONSIDERANDO:

Que el Despacho de la Comisión de Tierras, Obras y Servicios fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria celebrada el pasado 27 de agosto de 2020;

Que el señor Gustavo Gorosterrazu solicita evaluar la posibilidad de ejecución de una rampa de acceso sobre la ochava, en oficinas de su propiedad, ubicada en calle Dr. Carlos Madariaga y Moreno;

Que justifica la construcción de la misma, dado el alto tránsito de personas en el estudio con movilidad reducida, la cual se proyecta con los ejes continuando la línea municipal, al completar la esquina a 90° ganaría un acceso con poca intervención sobre la vía pública; pudiendo la ochava cumplir su función visual en la esquina;

Que a fs. 2 a 7 acompaña memoria descriptiva, ante proyecto, foto actual del acceso y perspectivas que permiten conocer como quedará terminado;

Que a fs. 8 obra dictamen de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos la cual no presenta objeciones a lo peticionado por el particular, dado que pretende resolver un problema real sin generar otros problemas, ya que las veredas existentes en la intersección de Dr. Carlos Madariaga y Moreno son amplias no interfiriendo el proyecto presentado las visuales de la esquina porque se materializan con elementos que no impiden la transparencia;

Que a fs. 12 obra dictamen de la Subdirección de Asuntos Legales quien sugiere dar intervención al Honorable Concejo Deliberante en virtud de lo normado en el articulo 27 del Decreto Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades);

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de:
 
ORDENANZA
 
ARTICULO 1°.- Autorizar al Señor Gustavo Gorosterrazu a construir una rampa y acceso con escalones sobre la ochava, proyectando los ejes que continúan la línea municipal, en la intersección de las calles Dr. Carlos Madariaga y Moreno de esta ciudad.-
 
ARTICULO 2°.- Comuniquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As. Registrese y archívese.-
 
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTISIETE DIAS DEL MES DE AGOSTO DE DOS MIL VEINTE.-
 
Registrada bajo el n° 2644/20.-