Ordenanza 2656/20 ref. Sorteo Quinta 155

  • 12/11/2020

General Juan Madariaga, 12 de noviembre de 2020.-
 
 
 
VISTO: Expte. del D.E. n° 3061/19 (6 cuerpos) Interno 8075 iniciado por la Of. De Tierra y Viviendas ref. Sorteo Qta. 155; y
 
 
CONSIDERANDO:

Que el Despacho de la Comisión de Tierras, Obras y Servicios fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria celebrada el pasado 12 de noviembre de 2020;

Que se dictó el Decreto Municipal n° 2984/19, por el cual se aprueba el listado de los pre adjudicatarios 39 (treinta y nueve) lotes del inmueble identificado catastralmente como Circ. I – Secc. C – Quinta 155 – Parcela 1a – Partida 36;

Que atento lo establece el articulo 11 de la Ordenanza 2531/18, la adjudicación definitiva de los lotes  y/o viviendas deberá ser aprobada por Ordenanza del Honorable Concejo Deliberante;
 
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de:
 
 
 ORDENANZA
 
 
ARTICULO 1°.- Convalídase el Decreto nro. 2984 de fecha 30 de diciembre de 2019 por el cual se aprueba el listado de los pre adjudicatarios 39 (treinta y nueve) lotes del inmueble identificado catastralmente como Circ. I – Secc. C – Quinta 155 – Parcela 1 a – Partida 36 (039).-
 
ARTICULO 2°.- Facúltase al Departamento Ejecutivo a la venta de los lotes correspondientes al inmueble identificado como Quinta 155 – Parcela 1 a – Partida 36 (039), exclusivamente  a las personas pre adjudicatarias que surgen del Decreto nro. 2984/19.-
 
ARTICULO 3°.- El precio de venta a abonar por parte de los pre adjudicatarios se estipulará de acuerdo a la tasación que efectúe el tasador designado por el Banco de la Provincia de buenos Aires, pudiendo efectuarse en cuotas.-
 
ARTICULO 4°.- Autorízase al D.E. a efectuar formal entrega de la tenencia precaria de los lotes hasta tanto se celebre el correspondiente Boleto Compra Venta.-
 
ARTICULO 5°.- Se establece como autoridad de aplicación de la presente Ordenanza a la Secretaría Legal, Técnica y Administrativa de la Municipalidad.-
 
ARTICULO 6°.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As. Regístrese y archívese.-
 
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DOCE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTE.-
 
Registrada bajo el n° 2656/20.-