Ordenanza 2706/21 ref. Fondo Infraestructura Municipal 2021

  • 13/05/2021

General Juan Madariaga, 13 de mayo de 2021.-
 
 
VISTO: Expte. del D.E. n° 1398/21 Interno 8180 iniciado por la Sec. de Obras y Serv. Públicos ref. Fondo Infraestructura Municipal 2021; y
 
 
CONSIDERANDO:

Que el Despacho de las Comisiones de Tierras, Obras y Servicios, Interpretación, Reglamento y Concesiones y Hacienda y Presupuesto fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria celebrada el pasado 13 de mayo de 2021;

Que con motivo de la sanción de la Ley 15.225 de Presupuesto General de la Provincia de Buenos Aires para Ejercicio 2021, en su art. 45 crea para el ejercicio 2021, el Fondo de Infraestructura Municipal, destinado a financiar obras municipales de infraestructura siendo su autoridad de aplicación el Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires;

Que la Municipalidad solicitó la evaluación y aprobación del Proyecto de Obra Municipal “FIM 2021 -  Pavimentación de Calle” por un monto de $ 36.935.294,00;

Que la obra proyectada deberá ejecutarse mediante licitación pública, consistiendo en la pavimentación de la calle 8 e/ calle 9 y calle 21 (6 cuadras) y e/ calle 39 y calle 45 (3 cuadras) y de calle 17 e/ Av. Buenos Aires y calle 8 (4 cuadras), en total 13 cuadras;
Que a fs. 31/34 obra el Convenio Marco firmado por el Intendente Municipal con fecha 5 de mayo de 2021;

Que el Convenio acuerda por parte del Ministerio para la obra referenciada el otorgamiento al Municipio de la suma de $ 36.935.294,00.- destinada a financiar el proyecto de obra pública “FIM 2021 -  Pavimentación de calle”, haciéndolo responsable exclusivo de la contratación, ejecución, inspección y certificación de las obras contenidas en el proyecto;

Que la Contadora Municipal y el Secretario de Hacienda se expiden en forma favorable;

Que la Secretaría de Legal, Técnica y Administrativa recomienda su elevación al Honorable Concejo Deliberante en virtud de las facultades otorgadas por el art. 41 del Decreto Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) para la convalidación del Convenio;
 
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de:
 
 
ORDENANZA
 
 
ARTICULO 1°.- Convalidar el Convenio Marco suscripto con el Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires, para la financiación de la ejecución del proyecto de obra pública (FIM 2021 -  Pavimentación de Calle”, por un monto de $ 36.935.294,00.- (Pesos treinta y seis millones novecientos treinta y cinco mil doscientos noventa y cuatro).-
 
ARTICULO 2°.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As. Regístrese y archívese.-
 
 
 
 
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS TRECE DIAS DEL MES DE MAYO DE DOS MIL VEINTIUNO.-
 
 
Registrada bajo el n° 2706/21.-