Ordenanza 2800/22 ref. ALPA S.I.P.-

  • 28/07/2022

General Juan Madariaga, 28 de julio de 2022.-
 
 
VISTO: Expte. del D.E. n° 4183/18 Interno 8360  ref. ALPA S.I.P.;  y
 
CONSIDERANDO:

Que el Despacho de las Comisiones de Interpretación, Reglamento y Concesiones y Tierras, Obras y Servicios fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria celebrada el pasado 28 de julio de 2022;

Que el Secretario de Producción informa sobre la intención de la empresa “Papelera ALPA” de adquirir una parcela ubicada en el Parque Industrial, con el fin de instalar un centro de almacenamiento y logística de Productos de Higiene Institucional y artículos descartables;

Que en el marco del Art. 6° inc. B de la Ordenanza 2420/17, se suscribe la carta de intención, reservando la parcela identificada catastralmente como Fracción IV – Parcela 2;

Que habiendo cumplido el procedimiento previsto por la Ordenanza 2420/17, encontrándose aprobado el palno de mensura y subdivisión de parcela donde se encuentra emplazado el Parque Industrial, la Comisión de Tasación se expide respecto de los valores de cada lote (Art. 6° Inc. e);

Que el Acta que obra a fs. 22 de fecha 21/03/22 refiere a la actualización de la tasación entregada, cuyos valores fueron aprobados mediante Decreto nro. 1432/2021;

Que se acompaña informe con los datos y situación societaria de la empresa, información comercial, técnica y legal;

Que con fecha 13/06/22 se suscribió Boleto de Compraventa con la Empresa “Papelera ALPA” que obra a fs. 38 a 39;

Que la Secretaría de Legal, Técnica y Administrativa recomienda su elevación al Honorable Concejo deliberante en virtud de las previsiones del Decreto Ley 6769/58;

Por ello; el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de:
 
ORDENANZA
 
ARTICULO 1°.- Convalidar el Boleto de Compraventa suscripto con la Sociedad ALPA Madariaga S.A., por el inmueble (lote) identificado catastralmente Como Circ. 2 –Secc. A – Chacra 29 – Fracción IV – Parcela 2 – Partida (039) 58241, ubicado en el Parque Industrial de General Juan Madariaga.-
 
ARTICULO 2°.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs.As. Regístrese y archívese.-
 
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE JULIO DE DOS MIL VEINTIDOS.-
 
Registrada bajo el n° 2800/22.-