Ordenanza 2804/22 ref. Fondo Municipal de Fortalecimiento de la Seguridad.-

  • 28/07/2022

General Juan Madariaga, 28 de julio de 2022.-
 
 
VISTO: Expte. del D.E. n° 1524/22 Interno 8356 ref. Fondo Municipal de Fortalecimiento de la Seguridad; y
 
CONSIDERANDO:

Que el Despacho de las Comisiones de Interpretación, Reglamento y Concesiones y Hacienda y Presupuesto fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria celebrada el pasado 28 de julio de 2022;

Que el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires dictó la Resolución nro. RESPO – 2022 – 317 – GDEBA – MSGP,  por la cual se establecen los parámetros para la aplicación y puesta en marcha del “Fondo Municipal de Fortalecimiento de la Seguridad y otros servicios asociados”;

Que los fondos serán destinados a la adquisición de nuevos móviles policiales, refacciones de dependencias de seguridad, reparación de móviles policiales existentes, cámaras de seguridad, sistema de monitoreo y alertas, obras de infraestructura de seguridad y hasta un 10% en otros gastos asociados a los servicios de seguridad;

Que la integración del fondo quedará garantizada con recursos de Rentas Generales y/o cualquier otra fuente de financiamiento que determine la Autoridad de Aplicación, estableciéndose que será distribuido en 30% antes del 31 de marzo de 2022, en concepto de anticipo; un 40 % antes del 30 de junio y 30% restante el 31 de octubre de 2022;

Que la misma requiere que mediante instrumento refrendado por el Intendente Municipal se realice la solicitud de participación en el Fondo;
Que a fs. 5 el Secretario de Seguridad pone en conocimiento las previsiones que tienen prioridad a nivel edilicio, arreglo de móviles, video vigilancia y comunicación, para el fondo municipal de seguridad 2022;

Que la Contadora Municipal y el Secretario de Hacienda informan partida presupuestaria;

Que a fs. 8 obra solicitud de Participación en el Fondo Municipal de Fortalecimiento de la Seguridad y otros Servicios Asociados suscripta por el Intendente Municipal, solicitando la incorporación al mismo;

Que la Subdirección de Asesoría Legal dictamina que la iniciativa desde el punto de vista legal no merece observaciones al respecto, pudiendo elevarse al Honorable Cuerpo Deliberativo en virtud de las facultades otorgadas por el articulo 41 del Decreto Ley 6769/58 y demás normas concordantes,
 
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de:
 
 
ORDENANZA
 
 
ARTICULO 1°.- Adhiérase a la Resolución n° RESPO – 2022 – 317 – GDEBA – MSGP dictada por el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires “Fondo Municipal de Fortalecimiento de la Seguridad y otros servicios asociados”.-
 
ARTICULO 2°.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a destinar los fondos del “Fondo Municipal del Fortalecimiento de la Seguridad n° RESO – 2022 – 317 – GDEBA – MSGP” en arreglos de móviles, ampliación/reparaciones edilicias, video vigilancia y comunicación, con rendición de los recursos recibidos.-
 
ARTICULO 3°.-  Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As. Regístrese y archívese.-
 
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE JULIO DE DOS MIL VEINTIDOS.-
 
Registrada bajo el n° 2804/22.-