Ordenanza 2805/22 ref. Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento.-

  • 28/07/2022

General Juan Madariaga, 28 de julio de 2022.-
 
 
VISTO: Expte. Interno 8346 iniciado por el Bloque Juntos ref. Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento; y
 
CONSIDERANDO:

Que el Despacho de la Comisión de Interpretación, Reglamento y Concesiones fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria celebrada el pasado 28 de julio de 2022;

La reciente aprobación por parte de la Legislatura de la provincia de Buenos Aires de la Ley 15.339 mediante la cual la provincia adhiere a la Ley Nacional 27.506, creando el Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento;

Que la adhesión tiene como objeto promover en su territorio el desarrollo de todas aquellas actividades que apliquen el uso del conocimiento y la digitalización de la información apoyado en los avances de la ciencia y las tecnologías, a la obtención de bienes, prestación de servicios y/o mejoras de procesos mediante el otorgamiento de beneficios impositivos;

Que entre otras cuestiones, la Ley crea el REGISTRO NECO (Nodo de la Economía del Conocimiento), que tiene como objetivo el desarrollo de las actividades promovidas en el presente norma, el diseño de políticas públicas de ciencia, tecnología y producción y la creación de nuevos sectores productivos en la provincia;

Que la adhesión a la Ley Nacional permite impulsar la radicación de nuevas empresas o la reconversión de las existentes atento a que las actividades beneficiadas no se limitan a la producción de software y servicios informáticos. También incluye en sus objetivos a la producción y postproducción audiovisual, videojuegos, biotecnología, bioeconomía, biología, bioquímica, microbiología, servicios geológicos y de prospección, por mencionar tan solo algunas de las actividades que la Ley provincial detalla puntualmente; 

Que la Ley establece quienes son los sujetos alcanzados que pueden ser personas jurídicas radicadas en el territorio de la Provincia de Buenos Aires en los términos dispuestos por la autoridad de aplicación;

Que la norma prevé la creación de un fondo provincial para el impulso del sector, el que será destinado al fortalecimiento del mismo, y surgirá de un porcentaje del impuesto  sobre los ingresos brutos no exento, para favorecer a micro, pequeñas y medianas empresas y también a una proporción de grandes empresas. Asimismo integrarán dicho fondo, parte de los Recursos de Rentas generales  de la Provincia. Los recursos que reciban las empresas beneficiarias deberán ser invertidos en capacitación, investigación y desarrollo;

Que el Poder Ejecutivo propiciará beneficios especiales en el caso de polos y/o parques y/o distritos, especialmente aquellos que implementen innovaciones tecnológicas o educativas, desarrollen líneas sustentables o incorporen políticas de genero e inclusión, sin perjuicio de las excepciones a los beneficios que establezcan los municipios;

Que la Ley n° 15.339, invita a los municipios de la provincia a adherir al presente régimen;

Que el legislador provincial por la Unión Cívica Radical, Maximiliano Abad., uno de los participantes activos en el tratamiento del proyecto, expresó acerca de la temática;:

“la estrategia que va a impulsar con mayor éxito a las economías del mundo es el conocimiento, y su herramienta específica es la innovación. Esas son las claves de un futuro posible. El conocimiento es el insumo fundamental para el desarrollo, y esta Ley va a permitir la generación de nuevas políticas públicas para sostener procesos de transformación social, económica, productiva, cultura y humana. Con esta ley le estamos dando impulso en la PBA  a la generación de valor agregado a través del conocimiento y al fomento del desarrollo de software, biotecnología, electrónica, satélites, inteligencia artificial, robótica, comunicaciones, creatividad y mucha mas. Pisos mínimos de exenciones de IIBB, la inscripción en el Registro Nacional para que  sirva en el Registro Provincial, el fomento y promoción de los parques y distritos tecnológicos entre otros aspectos técnicos, hacen de esta Ley un gran avance para nuestra Provincia”.
 
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de:
 
 
ORDENANZA
 
 
ARTICULO 1°.- El Municipio de General Juan Madariaga adhiere a la Ley nro. 15.339, que crea el Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento, sancionada por la Legislatura de la Provincia de Buenos Aires.-
 
ARTICULO 2°.-  Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As. Regístrese y archívese.-
 
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE JULIO DE DOS MIL VEINTIDOS.-
 
Registrada bajo el n° 2805/22.-