Ordenanza 2904/23 Ref. Fondo Educativo – Pavimento Escuelas n° 3 y n° 6.-

  • 13/07/2023

General Juan Madariaga, 13 de julio de 2023.-
 
 
 
VISTO: Expte. del D.E. n° 346/23 Interno 8519 iniciado por la Secretaría de Obras y Servicios Públicos ref. Fondo Educativo – Pavimento Escuelas n° 3 y n° 6; y
 
CONSIDERANDO:

Que el Despacho de las Comisiones de Interpretación, Reglamento y Concesiones y Hacienda y Presupuesto fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria celebrada el pasado 13 de julio de 2023;

Que, por Decreto nro. 943/2023 de fecha 6 de junio de 2023, se llamó a Licitación Pública n° 4/23 segundo llamado, para la pavimentación de la calle colectora y dársena de calle Pellegrini entre calle 14 y 16 de nuestra ciudad, con un presupuesto oficial de $  17.721.900 (pesos diecisiete millones setecientos veintiún mil novecientos);

Que, de acuerdo al Acta de Apertura obrante a fs. 309, se recibió como única oferta presentada por la firma EMAC S.A. quien cotizó Oferta básica obligatoria por valor de $ 30.940.000,00 (pesos treinta millones novecientos cuarenta mil). Así mismo, cotizó oferta con pago financiado con un anticipo del 30% por un valor de $ 23.800.000,00 (pesos veintitrés millones ochocientos mil);

Que, a fojas 321, la Sra. Secretaria de Obras y Servicios Públicos analiza la propuesta del único oferente presentado, la firma  EMAC S.A. optando por oferta financiado con el anticipo del 30% por un valor de $ 23.800.000,00 (pesos veintitrés millones ochocientos mil) la cual supera un 34,30% el presupuesto oficial, sin embargo recomienda adjudicar la obra por resultar económica y técnicamente conveniente previa elevación al Honorable Concejo Deliberante para su tratamiento por tratarse de oferta única;

Que, la Comisión de Pre – Adjudicación Municipal analizó la oferta, tras un intercambio generalizado de opiniones y escuchadas las consideraciones y preferencias de los funcionarios a cargo, donde coincide con la sugerencia de la Sra. Secretaria de Obras y Servicios Públicos y considera aceptable la oferta presentada por la firma EMAC S.A.  optando por oferta financiado con el anticipo del 30% por un valor de $ 23.800.000,00 (pesos veintitrés millones ochocientos mil) para la  pavimentación de la calle colectora y dársena de calle Pellegrini entre calle 14 y 16, la cual supera un 34,30% el presupuesto oficial, entendiendo que esta resulta conveniente para los intereses municipales por los motivos señalados, recomendando la elevación de los actuados al H.C.D. a los efectos de su debida intervención;

Que, Asesoría Legal considera que en virtud  de lo previsto por el articulo 155 del Decreto Ley 6769/59 (Ley Orgánica de las Municipalidades) por tratarse de oferta única, la cual supera en un 34,30% el presupuesto oficial siendo considerada conveniente a los intereses municipales, previo a su adjudicación, corresponde su elevación al Honorable Concejo Deliberante;
 
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de:
 
 
ORDENANZA
 
 
ARTICULO 1°.- Autorízase al D.E. a adjudicar la Licitación Pública nro. 4/23 para la pavimentación de la calle colectora y dársena de calle Pellegrini entre calle 14 y 16 de nuestra ciudad, a la única  oferta presentada por la firma EMAC S.A. quien cotiza oferta con pago financiado con un anticipo del 30% por un importe de $ 23.800.000,00 (pesos veintitrés millones ochocientos mil).-
 
ARTICULO 2°.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As. Regístrese y archívese.-
 
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS TRECE DIAS DEL MES DE JULIO DE DOS MIL VEINTITRES.-
 
Registrada bajo el n° 2904/23.-