Ordenanza 2957/24 Ref. Convenio de Cooperación con el Ministerio de Ambiente y Desarrollo.-

  • 14/03/2024

General Juan Madariaga, 14 de marzo de 2024.-
 
 
 
VISTO: Expte. del D.E. n° 1264/23 Interno 8612 iniciado por la Directora de Medioambiente ref. Convenio de Cooperación con el Ministerio de Ambiente y Desarrollo; y
 
CONSIDERANDO:

Que el Despacho de las Comisiones de Interpretación, Reglamento y Concesiones y Acción Social fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria celebrada el pasado 14 de marzo de 2024;

Que, en los autos de la referencia la Sra. Directora de Medio Ambiente inicia actuaciones a efectos de elevar un Convenio de Cooperación y Compromiso para la Asistencia en la Cesión Gratuita Condicionada de Equipamiento entre el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MAyDS) y el Municipio de General Juan Madariaga;

Que, en el marco del “Programa para la entrega de Bienes Aplicables a la Gestión de los Residuos Sólidos Urbanos”, este municipio recibirá una isla ambiental (Punto Verde Móvil) que se utilizará en la Dirección Municipal de Medio Ambiente en las capacitaciones relacionadas con la educación ambiental que se llevan a cabo en lo largo del año;

Que, a tales efectos, los gobiernos locales deberán firmar un Convenio con el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de La Nación, asumiendo el compromiso de cumplimentar la totalidad de los requerimientos establecidos en el ROE  (Reglamento Operativo Específico), previo a la ejecución del financiamiento de la inversión;

Que, a fs. 40/44, adjunta Convenio de Cooperación y Compromiso para la Asistencia en la Cesión Gratuita Condicionada de Equipamiento entre el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MAyDS) y el Municipio de General Juan Madariaga suscripto por las partes, para su convalidación por el Honorable Concejo Deliberante;

Que, a fs. 47 se expide el área de Contaduría y a fs. 48 hace lo propio el área de Hacienda, ambos en sentido de considerar oportuno y conveniente enviar el convenio al Honorable Concejo Deliberante para su tratamiento;

Que, a fs. 49, Asesoría Legal recomienda su elevación al Honorable Concejo Deliberante en virtud de las facultades otorgadas por el art. 41 del Decreto Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) para la convalidación;
 
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de:
 
 
ORDENANZA
 
 
ARTICULO 1°.- Convalidase el Convenio de Cooperación y Compromiso para la Asistencia en la Cesión gratuita Condicionada de Equipamiento suscripto por el Departamento Ejecutivo con el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Nación para entrega de una unidad “Isla Ambiental” (Punto Verde Móvil).-
 
ARTICULO 2°.-  Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As. Regístrese y archívese.-
 
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS CATORCE DIAS DEL MES DE MARZO DE DOS MIL VEINTICUATRO.-
 
Registrada bajo el n° 2957/24.-