Ordenanza 2980/24 Ref. Autorización p/ uso de vivienda en el Barrio Policial.-

  • 23/05/2024

 
General Juan Madariaga, 23 de Mayo de 2024
 
VISTO: Expte. del D.E.1038/2024. Interno 8647. Iniciado por Seguridad. Motivo. Sol. Autorización p/ uso de vivienda en el Barrio Policial, y
CONSIDERANDO:
                                Que el despacho de la Comisión de Interpretación, Reglamento y Concesiones fue aprobado en la Sesión Ordinaria celebrada el pasado 23 de mayo de 2024.

                                Que el Secretario de Seguridad Roberto López, solicita que se confeccione Convenio de Comodato para que el Jefe Comunal Sub Comisario Acosta, Fernando José María haga uso de la vivienda que posee la secretaria en el barrio policial con datos catastrales Circ.I- Secc. B- Quinta 58 A-Manzana 58B-Parcela 7-Partida 58111, con domicilio en calle Las Violetas Casa N° 20, mientras esté a cargo de la Jefatura Comunal de nuestra ciudad.

                                Que Contaduría Municipal no tiene observaciones a realizar, lo propio informa la Secretaria de Hacienda.
                                Que la Secretaria Legal, Técnica y Administrativa recomienda dar intervención al Honorable Concejo Deliberante para la homologación del Convenio de Comodato.

                                Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de:
ORDENANZA

ARTICULO 1°: Convalidar contrato de comodato con el Jefe Comunal Sub Comisario Sr. Acosta, Fernando José María para el uso precario de la vivienda del barrio policial con datos catastrales Circ.1-Seccion B-Quinta 58 A- Manzana 58B- Parcela 7-Partida 58111, con domicilio en calle Las Violetas Casa N° 20, mientras esté a cargo de la Jefatura Comunal de nuestra ciudad.

ARTICULO 2°: Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires. Regístrese y Archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTITRES DIAS DEL MES DE MAYO DE DOS MIL VEINTICUATRO.

Registrada bajo el n° 2980/24