Registrada bajo el nº 2067/11.-

  • 18/01/2011

General Juan Madariaga, 28 de abril de 2011.-




VISTO: Expte. del D.E. nº 559/11 Interno 6149 ref. Convenio con Dir. General de Cultura y Educación; y


CONSIDERANDO:

Que el Despacho de la Comisión de Interpretación, Reglamento y Concesiones fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria celebrada el pasado 28 de abril de 2011;

Que, el mismo se suscribe para el funcionamiento del Servicio Agregado de Atención Temprana del Desarrollo Infantil en el Partido de Madariaga;

Que, la Municipalidad cede la infraestructura edilicia para su funcionamiento en calles 21 y Av. Buenos Aires;

Que, se remite al Honorable Concejo Deliberante para su correspondiente convalidación;

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de:



ORDENANZA



ARTICULO 1º.- Convalídase el Convenio suscripto entre esta Municipalidad y la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires, obrante a fs. 37 del expediente nro. 559/11.-


ARTICULO 2º.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As. Regístrese y archívese.-



DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE ABRIL DE DOS MIL ONCE.-


Registrada bajo el nº 2067/11.-